OPINIÓN

La ignorancia que demuestran sobre nuestro texto constitucional, raya en la estupidez mas supina y en la reproducción del libreto que la disociación psicótica les ha invadido en sus débiles y escuálidas mentes; la interpretación de los artículos de La Constitución Nacional Bolivariana es muy fácil para cualquier buen lector con cuatro dedos de frente, pero como parece que por esos lados no hay esa mínima capacidad, les recomiendo buscar al Dr. German Escarrá, Constitucionalista y Constituyente, para que le de una charlita a ese retrógrado Frente Institucional Militar, que pretende abrograrse la representación de la gloriosa FUERZA ARMADA NACIONAL  BOLIVARIANA. de todas maneras les reproduzco textualmente ART. 231. EL CANDIDATO ELEGIDO O CANDIDATA ELEGIDA TOMARA POSESIÓN DEL CARGO DE PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL DIEZ DE ENERO DEL PRIMER AÑO DE SU PERÍODO CONSTITUCIONAL, MEDIANTE JURAMENTO ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL. pero el Constituyentista agregó humana y sabiamente. «SI POR CUALQUIER MOTIVO SOBREVENIDO EL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA NO PUDIESE TOMAR POSESIÓN ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL, LO HARÁ ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA…parece que en la constitución que ustedes manejan, esto no existe y allí demuestran su poca capacidad ó su loca aventura de intentar desconecer nuestra carta magna, pero hablan con gran desfachatez de que esta compleja situación se resuelva en paz y con total apego a la Constitución Nacional;bueno no olviden que El Pdte Constitucional Hugo Chávez, derrotó contundente y democráticamente al adversario, el pasado 7 de Octubre y en buena lid, los demócratas aceptan los resultados, cosa que ustedes no aceptan y hablan de ventajismos y de ilejitimidad, o sea la decencia es algo que parece que no está en su agenda y hablan de engaño, cuando ustedes quieren engañar…A QUIEN ? no se equivoquen con el pueblo venezolano sabio, preparado, protagonista y dispuesto a defender sus conquistas democráticas o se olvidaron del 12 y 13 de Abril del 2002 y ahora de la mano de una Fuerza Armada Bolivariana, verdaderamente institucional y del lado del pueblo soberano, lo que ustedes jamas podran entender, porque fueron parte de las Fuerzas Armadas serviles y arrodilladas por ejemplo a una Blanca Ibañez o se les olvidó…otro aspecto de su jueguito macabro, pero torpe es que nadie es dueño de la salud ni de la vida, porque solo Dios dispone de ello, por eso mienten al aseverar que El Pdte Chávez engaño a su pueblo…no olviden que en plenas condiciones recorrió el País y le propinó una paliza al adversario con el apoyo de mas de 8 millones de ese pueblo, en Diciembre con gran valentia de la cual ustedes carecen, le anunció a ese pueblo que se sometería a una delicada operación que nadie en este mundo programa y que solo cabe en sus pobres mentes maquiavelicas; esa es la verdadera situación y el pais esta en paz, funcionando en todas las instituciones y por supuesto orando, rezando y espera que con el favor de Dios supere el «EL MOTIVO SOBREVENIDO» que contempla nuestra CONSTITUCION BOLIVARIANA, que ustedes no reconocen y que le puede pasar a cualquier ser humano y entonces como lo reza textualmente nuestra Carta Magna y gravenlo..LO HARA ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA y no dice cuando, ni donde, ni como…Bueno ni para que referir otras sandeces, como la inconstitucionalidad que expresan de la reelección indefinida… Por eso creo que la Constitución que ustedes usan es de quien sabe donde, pero menos de la gloriosa…¡¡¡ REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA !!! que cada día se levanta de las cenizas de la cuarta, como el Ave Fenix… para finalizar, la interpretación y aplicación de los Articulos 233 y 234, son totalmente inaplicables dado la claridad y puntualidad de las causas denominadas Faltas Absolutas y Faltas Temporales del Presidente o Presidenta, nada de lo cual a ocurrido y la atención médica necesaria, para la total recuperación del Pdte. Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela. Tcnel. Hugo Rafael Chávez Frias, está legal, constitucional y humanamente amparada, por el Articulo. 235, de nuestra Constitución Bolivariana (leanlos e interpreten cabalmente al pueblo constituyente)… Tcnel.(GNB) Ing. Arnoldo Uribe

 

Hacer un comentario.




Los comentarios expresados en esta página sólo representan la opinión de las personas que los emiten. Este sitio no se hace responsable por los mismos y se reserva el derecho de publicación.

Aquellos comentarios que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto y/o que atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, este sitio se reservará el derecho de su publicación. Recuerde ser breve y conciso en sus planteamientos.